El Laicismo, lejos de constituir una ideología particular contrapuesta a otras, aparece históricamente como uno de los principios básicos de toda democracia, vinculado al reconocimiento de la libertad de pensamiento, a la igualdad de los ciudadanos en derechos y deberes y, por tanto, a la no discriminación por razón de sus ideas.
Su contenido no es otro que el establecimiento de las condiciones jurídicas, políticas y sociales idóneas para el respeto y desarrollo pleno de la libertad de conciencia, uno de los pilares fundamentales de los Derechos Humanos.
Implica la separación efectiva entre el Estado -que representa a toda la ciudadanía- y las confesiones religiosas, cuyos principios y creencias sólo conciernen al grupo de personas que las comparten.
A fin de salvaguardar el espacio de lo público y común de toda connotación sectaria, defiende la neutralidad ideológica de las instituciones públicas -que son de todos- con respecto a cualquier intento de imposición o apropiación por parte de intereses o ideologías de carácter particular.
Los centros escolares no deben ser, en ningún momento, un lugar de exclusión y discriminación. Niños y niñas no deben ser separados en función de las creencias o convicciones de sus familias.
En consecuencia, la religión, en sus formas confesionales, debe salir del currículo y del ámbito escolar, con el fin de respetar los derechos de toda la comunidad educativa y para que no se interrumpa el normal funcionamiento de la organización de los centros educativos.
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